Reclamación Cierre Hostelería

Estimado/a hostelero/a

La situación actual derivada de la crisis sanitaria provocada por la COVID-19 ha dado lugar a que muchos restaurantes, cafeterías, bares, heladerías, etc., se hayan visto obligados a cerrar, suspender y/o mermar sus actividades para proteger a la población respecto de la propagación de la pandemia. Consecuencia de lo anterior, nuestro bufete de abogados que ha estado ayudando tanto a los propietarios como arrendatarios de estos establecimientos hosteleros que están legitimados para reclamar a la Administración del Estado, ya sea el Gobierno de España y/o los Gobiernos de las Comunidades Autónomas, e incluso administraciones locales.

Se trataría por tanto de una reclamación por los daños y perjuicios soportados, los cuales se ven desprotegidos y amenazados frente a otro nuevo, repentino e injustificado cierre del sector. Puesto que los cierres se han ido sucediendo, careciendo de justificación alguna y ausencia de evidencia científica que avalen las medidas acordadas. Cabe recordar que los propios datos del Ministerio de Sanidad han acreditado que la hostelería no es el foco de la pandemia, situando por debajo del 2% el índice de contagios en los establecimientos hosteleros.

Desde nuestro Bufete de Abogados en Murcia estamos dispuestos a ayudar en lo que sea necesario. Contáctanos y resolveremos todas tus dudas.

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Reclamación por daños y perjuicios soportados

  • Es por esto que RM ABOGADOS ha ideado una estrategia legal basada en el derecho de los hosteleros a ser indemnizados por la Administración, cuyo fin no es otro que el dejar indemne los cierres impuestos a los hosteleros, a los que se les ha obligado a sacrificarse en favor de la sociedad civil, en aras de impedir la propagación de la pandemia, incluso ayudando a familias necesitadas de forma altruista.

    Existe por tanto una falta de justificación, y ausencia de evidencia científica que avalen las medidas acordadas.

  • La ayuda de asociaciones se ha mostrado ineficaz y la Administración les ha ignorado.

    Más allá de que las actuaciones de los gobernantes carezcan de efectividad e idoneidad, las restricciones se hacen para defender un bien jurídico superior. Ahí es donde surge el conflicto y la indemnización. Un bien jurídico a proteger frente a otro, el de la libertad de empresa y el trabajo, frente al de la salud.

  • Incluso tras el estado de alarma cualquier acto está sujeto a derecho, y despliegan sus consecuencias legales. Y en la actuación de las administraciones central y autonómicas hay desproporción y una actuación inadecuada que deberá ser juzgada por nuestros tribunales.

mundo girando

Cómo vamos a reclamar

Pasos

Pasos a seguir en tu Reclamación

Con carácter previo se deberá llevar a cabo la interposición de una reclamación administrativa ante el Estado y la correspondiente Comunidad Autónoma, por los daños y perjuicios causados durante el 2020 y los meses transcurridos del presente año. Para esta fase no es necesaria la presencia de Procurador de los Tribunales.

En el supuesto de que no se estimase esta reclamación por la Administración central del Estado y/o por las respectivas Comunidades Autónomas mediante un acto administrativo expreso o por silencio administrativo, se iniciaría la segunda fase. Esta fase consiste en la presentación de una demanda bien frente al Tribunal Supremo y/o el correspondiente Tribunal Superior de Justicia de la CC.AA. reclamando vuestro legítimo derecho a ser indemnizados por dicho cierre. Para esta segunda fase será necesaria la representación del Procurador, y deberá realizarse a través de un poder.

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Importe

Importe de la Reclamación

La cantidad resultante de la media aritmética de los resultados del negocio en los años 2017, 2018 y 2019 en comparación con los del ejercicio 2020. En el caso de que tu establecimiento haya registrado pérdidas los años anteriores, el importe a reclamar abarcará el incremento de esas pérdidas durante el año 2020 y los meses transcurridos del presente año.

Si por culpa de estos cierres, restricciones o limitaciones de aforo te has visto obligado a cerrar tu negocio, no te preocupes, se llevará a cabo la misma media aritmética de los tres años anteriores y tu resultado en el año 2020 a la fecha del cierre.

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Honorarios

Honorarios del Despacho

RM ABOGADOS devengará honorarios en base al éxito obtenido en la demanda, reclamación extrajudicial que se lleve a cabo, u otorgamiento de cualquier otra subvención o ayuda a favor del afectado, esto es, un porcentaje variable de la cantidad que se obtenga.

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Profesionalidad: dícese de aquél que practica su profesión con pericia, aplicación, seriedad, honradez y eficacia.

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